

El Ayuntamiento de Zalamea de la Serena ha informado a través de sus redes sociales sobre la apertura del plazo de de solicitudes para participar en el programa de Turismo del IMSERSO en 2025, el cual se extenderá hasta el 31 de mayo.
Los interesados pueden dirigirse a la Trabajadora Social de la localidad, donde se les facilitará toda la información que necesiten.
Con respecto a las solicitudes de participación en el Programa de Termalismo para 2025, deberán presentarse conforme a los dos plazos establecidos;
En primer lugar, para particiapr en el proceso de adjudicación de plaza, para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive, el plazo finaliza el 9 de enero y para los turnos de los meses de septiembre a diciembre hasta el 15 de mayo.
En segundo lugar, para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes, para los turnos de febrero a agosto el plazo finaliza el 14 de mayo y para los turnos de septiembre a diciembre el 31 de octubre.
El programa de Termalismo del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) de 2025 contará con un total de 190.513 plazas. Las estancias serán de 10 días (9 noches) y los pensionistas que obtengan plaza podrán elegir entre 84 balnearios de toda España.
Requisitos para acceder a los viajes del Imserso
Los viajes del Imserso están destinados a personas jubiladas y pensionistas, pudiendo acceder a ellos pensionistas de jubilación del sistema de Seguridad Social Español, pensionistas de viudedad con 55 años o más del SES, pensionista por otras causas del SES o perceptor de prestaciones de desempleo con 60 años o más o asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social con 75 años o más.
También pueden accederá estos viajes españoles que reúnan los requisitos y que residan en
Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza. En su caso deberán tramitarlo en Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. También españoles emigrantes que hayan vuelto y reúnan los requisitos.
Los usuarios podrán ir acompañados por su conyugue o pareja afectiva sin que esta deba reunir los requisitos. También podrán acompañarles hijos con discapacidad del 45% o superior. En cualquier caso, tanto los usuarios como sus acompañantes deberán valerse por sí mismos para las actividades básicas.
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